“Muerte e impuestos”, dicen, son las únicas cosas ciertas en la vida.
Si para estas alturas te quedan pocos recibos de papel y no sabes qué sigue con esto de las nuevas reglas digitales… sigue leyendo.
“Cada persona es un caso distinto, lo mejor es acudir con tu contador para que él te dé las opciones y puedan escoger la mejor según tus ingresos y necesidades”, explica Rubén Herrero, presidente de Impuestum Contadores. Pero, les dejo una guía general:
Paso 1: Tu ingreso
Cualquier persona física que esté dada de alta por honorarios, como arrendadores, o por actividad empresarial deben dejar atrás el papel para mantener una sana relación con Hacienda a más tardar en diciembre de 2012.
Por cierto… Si estás dado de alta por actividad empresarial, sólo los que están dados de alta como REPECOS no están obligados a migrar a lo electrónico y siguen con sus notas en papel.
La primera consideración que debes hacer cuando se acaben tus recibos de papel es identificar si tus ingresos superan o podrían superar los 4 millones de pesos. En el caso de que ganes más de esta cantidad, entonces sí debes efectuar tu facturación digital a través de internet (CFDI), es decir, tener facturas electrónicas.
Si no ganas eso, todavía tienes la posibilidad de emitir comprobantes fiscales en papel con tu código de barras bidimensional.
Paso 2a: La digitalización
Si debes optar –porque tengas ingresos mayores a 4 mdp- o quieres ya dar el paso a la digitalización es recomendable que estés bien informado de todos los pasos y que hagas una buena búsqueda de proveedores. Tu contador te puede ayudar.
- Lo primero que debes hacer es tramitar tu Firma Electrónica Avanzada (FIEL).
- Después de la FIEL deberás tramitar un Certificado de Sello Digital (CSD) que es, básicamente, con lo que vas a firmar tus facturas electrónicas.
- Deberás contar con un sistema informático para generar tus facturas que puedes desarrollar, adquirir o arrendar a un tercero.
Si no quieres tener o contratar un sistema para generar el comprobante digital, puedes adquirir los servicios con un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), quienes podrán generar y validar tu CFDI.
- Ya que tengas tu comprobante digital, lo debes enviar a un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) para validar, asignar el folio e incorporar el sello digital a las facturas. La lista de los proveedores autorizados está en el sitio del SAT, la forma más fácil para encontrarlos es introduciendo en el buscador ‘proveedores pac’, explica Rubén Herrero de Impuestum.
Todo proveedor PAC ofrece servicios básicos gratuitos obligatorios. Así que si no ganas 4 millones pero ya tus clientes te piden facturas electrónicas, no debes gastar dinero en la migración, aunque sí deberás diseñar y almacenar tus recibos.
- Tu factura electrónica estará guardada en un archivo XML que puede transformarse en formato PDF para su impresión o lectura. Tu obligación es conservar todas tus facturas electrónicas, tal como lo hacías con las de papel para tenerlas a disposición de las autoridades. “Hay que guardar estos documentos por un periodo de 5 años”, explica Arturo Morales, coordinador de vicepresidencia fiscal en el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
- El costo promedio de 100 timbres electrónicos para las facturas es de entre 300 y 400 pesos, explica Morales, es decir, de 2 pesos por factura aproximadamente.
Paso 2b: La bidimensionalidad
Si no estás listo para dar el salto a la digitalización, puedes, hasta ahora, imprimir recibos en papel con tu código de barras bidimensional.
“La decisión entre código de barras bidimensional y la factura electrónica es personal y depende de los ingresos y el cliente que se tenga”, dice Arturo Morales, del IMCP.
Si por medio de tus recibos obtienes ingresos de unos 5,000 pesos quizá no quieras pagar el servicio digital o hacer las facturas electrónicas tú mismo, por lo que los recibos con CBB son una buena opción, mientras tu cliente no te pida la factura electrónica. Según Morales, la mayoría de las empresas grandes del país ya están demandando recibos y facturas electrónicas.
- Para tener recibos con CBB, lo primero que debes hacer es solicitar la aprobación de series y folios en el portal del SAT. Entra a Información y servicios en la sección de comprobantes fiscales y selecciona la opción de Comprobantes Fiscales Impresos con código de barras bidimensionales (CBB).
- Ya que tengas la imagen de tu CBB deberás crear un diseño de recibo de honorarios y anexarle el CBB. “Esto lo puede hacer la persona en su computadora o acudir por el servicio a las empresa donde solía imprimir sus recibos de papel”, explica Herrero de Impuestum.
El costo promedio por 100 recibos mandados a hacer en imprenta con CBB es de 500 a 700 pesos.
¿Qué información deben tener mis recibos con código de barras bidimensional?
- Nombre, denominación o razón social
- Registro Federal de Contribuyentes del emisor y de la persona a favor de quién se expida (esta se escribe al momento de entregar la factura).
- Domicilio fiscal
- Lugar y fecha de expedición
- Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio
- Valor unitario en número e importe total en número o letra
- Monto de los impuestos que deben trasladarse desglosado por tasas
- Si se trata de ventas de primera mano de mercancía de importación el recibo debe tener el número y la fecha del documento aduanero y la aduana por la que se realizó la importación.
- CBB proporcionado por el SAT al contribuyente al momento de la asignación de los folios, mismo que deberá reproducirse con un mínimo 200/200 dpi en un área de impresión no menor a 2.75 cm por 2.75 cm.
Y, si quieres diseñar tus recibos, este es el requerimiento:
- El número de aprobación del folio asignado por SICOFI.
- El número de folio asignado por el SAT y en su caso, la serie.
- La leyenda: “La reproducción apócrifa de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales”. Esta debe estar impresa en letra de por lo menos 5 puntos.
- La leyenda “Este comprobante tendrá una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de aprobación de la asignación de folios, la cual es: dd/mm/aaaa”. También en letra de mínimo 5 puntos.
- Señalar si el pago se hace en una exhibición.
- En el caso de personas físicas que tributen conforme al Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, así como en el Régimen Intermedio; además, debe imprimir la leyenda “Efectos fiscales al pago” de conformidad con lo señalado en la fracción III del Art.133 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Por último, les dejo un video para ver cómo hacer la solicitud de folios y código de barras para comprobantes fiscales impresos.
Espero esto les haya servido. Dejen su opinión en la zona de comentarios y sigamos la conversación en Twitter en @vivircomoreina.