Gravarán diversas actividades de personas físicas y morales con una tasa del 2% y será acreditable contra la contribución trasladada

Dentro de la iniciativa presentada el día de ayer, se contempla la nueva Ley de la Contribución para el combate a la Pobreza de la cual destaca lo siguiente:

Sujetos

Las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, enajenen bienes, presten servicios independientes, otorguen el uso o goce temporal de bienes e importen bienes o servicios

Tasa

Se aplicará a los actos o actividades antes citados la tasa del 2%.

Determinación:

Actos o actividades
Por: Tasa
Igual: Contribución a cargo
Menos: Contribución trasladada (acreditable)
Menos: Contribución pagada en la importación de bienes o servicios acreditable
Igual: Contribución a cargo
Menos: Contribución retenida
Igual: Cantidad a pagar o saldo a favor

Entero

El entero de la contribución se efectuará mediante declaración mensual que se presentará ante las autoridades autorizadas a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél al que corresponda la contribución……………..

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Nota: Las opiniones que se presentan en la sección de blogs de CNNExpansión.com, son responsabilidad única de sus autores y no reflejan necesariamente la opinión periodística de CNNExpansión.

Un Comentario para “Y la pobreza contribuye”

  1. 1 | Lo dijo: LETICIA

    HOLA… MMMMM CREO QUE ESA NO ES LA SOLUCION PUES LA EMPRESA O PERSONA FISICA TENDRA QUE DAR SU PRODUCTO MAS CARO Y POR TANTO EL CONSUMIDOR FINAL OSEA LOS QUE MAS AMOLADOS ESTAMOS PQ SI PAGAMOS IVA PQ SI PAGAMOS ISR QUE YA ESTA IMPLICITO EN EL COSTO DEL PRODUCTO PAGAREMOS MAS POR EL MISMO PRODUCTO…….

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