No importa la fecha de la factura, si la cobra después del 10 de enero de 2010 deberá aplicarse la tasa del 16%

No sólo las finanzas de los consumidores se verán afectadas por el incremento aprobado a la tasa del IVA (del 15% al 16%, y del 10% al 11% en región fronteriza), sino que también la operación de la empresa resentirá los efectos de una reforma nada planeada y poco estructurada.

Debemos recordar que el IVA es un impuesto que se causa con base en flujo de efectivo, es decir, el contribuyente paga el impuesto en el mes en el que efectivamente cobra las contraprestaciones correspondientes. 

Por tal situación, en principio cualquier factura cobrada a partir del 1° de enero ya estaría sujeta a la nueva tasa (16%). No obstante, a través del artículo Octavo Transitorio, se precisa lo siguiente:

Si los actos se celebran en 2009, pero las contraprestaciones se cobran en 2010, se aplicarán las disposiciones vigentes al momento del cobro, pero si los servicios se prestaron o los bienes se entregaron antes del 1o de enero de 2010, y el pago se realiza a más tardar el 10 de ese mismo mes y año, se permitirá que se cause el IVA al 15%.

Esta disposición transitoria evidentemente vulnera el principio de equidad y proporcionalidad tributarias, pues por una circunstancia ajena al causante (momento de pago), unas personas se verán beneficiadas con la aplicación de una tasa menor y otras no.

¿Qué pasará con las facturas emitidas en 2009 y cobradas después del 10 de enero de 2010?

La autoridad no ha establecido el procedimiento a seguir en estos casos, por lo que surge una variedad de posibilidades, sin que ninguna pueda tomársela día de hoy como definitiva:

  • cancelar la factura original y emitir una nueva con la tasa del 16%. El problema es que para efectos de la deducción en ISR el comprobante debe ser expedido en el ejercicio en el cual se aplique la deducción por lo que si la factura queda con fecha del 2010 no sería deducible en 2009.
  • emitir una nota de cargo para cobrar la cantidad adicional de IVA. El inconveniente es que las notas de cargo sirven para realizar “cargos” adicionales a la operación, tales como fletes, intereses, etc, y sobre los montos que amparan las notas de cargo se traslada el IVA correspondiente, pero nunca se emite una nota de cargo con el único fin de cobrar un impuesto

Por último, cabe recordar que en realidad se contará con únicamente con una semana para realizar los pagos, es decir la correspondiente del 4 al 8 de enero de 2010, toda vez que el día 10 del citado mes será domingo.

¿Qué hacer con facturas en las que aparece pre-impresa la tasa del IVA del 15%?

En estos casos se tendrían que mandar a imprimir nuevos comprobantes ya que los comprobantes que muestran tachaduras o enmendaduras pierden sus efectos probatorios al tratarse de un documento alterado.
Fuente: IDC Asesor Jurídico y Fiscal. Visite: www.idconline.com.mx

Nota: Las opiniones que se presentan en la sección de blogs de CNNExpansión.com, son responsabilidad única de sus autores y no reflejan necesariamente la opinión periodística de CNNExpansión.
Términos y condiciones

15 Comentarios para “IVA: sube un punto y crea mil problemas”

  1. 1 | Lo dijo: Jose Miguel Suastegui Bravo

    Por supuesto que esta situacion afecta a todas las empresas y genera problemas administrativos graves; ademas de ser violatorio del 31 fraccion IV de la CPEUM. Eso denota la pequeña capacidad de entendimiento de estos asuntos por parte de las autoridades. Ahora bien, cualquier accion juridica que se lleve a cabo seria realmente mas costosa, ya ni modo……aqui nos toco vivir.

  2. 2 | Lo dijo: EDUARDO MARTINEZ

    Tenemos una Imprenta y hace unas semanas, en sept 2009 para ser preciso, el cliente mandó hacer 500 facturas que le durarían para los dos años de vigencia, con la leyenda impresa del 15% IVA, ahora tendrá que imprimir de nuevo sus facturas con el 16% IVA. Deberían ser flexibles y permitir que los comprobantes fiscales impresos antes del 2010 y con la leyenda del 15% impresa, fueran válidos permitiéndole al contribuyente que agregara una leyenda adicional que el IVA aplicado será del 16%. Práctico y evitas doble gasto al cliente. Saludos, Villa de Santiago, Nuevo León.

  3. 3 | Lo dijo: ARMANDO CRUZ

    En identica situacion se encuentan los arrendadores y los de honorarios que mandan hacer sus recibos ya con la leyenda del 10% retencion de iva ahora va a ser dos terceras partes del impuesto causado (16%) quedaria la retencion del iva en 10.66% si mandaron hacer recibos ya con la leyenda del 10% retencion del iva, pues tambien tendran que cambiarlos.
    Saludos, El Cercado, Santiago, NL

  4. 4 | Lo dijo: LUIS PERALTA

    Pienso que en el caso de facturas que fueron impresas con la tasa del 15%, se pueden utilizar siempre y cuando; se sellen con la leyenda “Factura pagada a la tasa del 16%”, seria lo mas conveniente, para no hechar a perder tantas facturas. Pero si son m.a.m.a.d.a.s. las del gobierno.

  5. 5 | Lo dijo: c.p jose leon

    sr. pienso que lo unico que el gobierno quiere es chingar al pueblo ya que siempre pone trabas a la gente que en verda quiere tarbajar, y hacen sus modificaciones sin verdaderamte pensar en las consecuencias, ya hay que poner un basta. porque no se utilizan las facturas hasta terminar las que se tengan y apartir de las nuevas sean con la leyenda del 16% iva.

  6. 6 | Lo dijo: pablo

    No tienen actitud de modernidad estos estupidos gobernantes DE TODOS LOS PARTIDOSm ¿ Que no es mejor bajar los impuestos para incentivar la economia y esta se reactive? u no reprimirla como lo están haciendo?

  7. 7 | Lo dijo: irma

    trabajo en un despacho contable, hablamos al sat para verificar información respecto al IVA en varias ocasiones, y no pudieron contestar que cualquier información la proporcionarían hasta el 7 de enero de 2010, porque estan de vacaciones. Y los que trabajamos y facturamos?¡¿? y no salimos de vacaciones.?

  8. 8 | Lo dijo: Zulema

    Pues si, la verdad, tal parece que la gente que está en SAT, como siempre, no contempla todo el horizonte, se les han escapado muchos detalles y a la mera hora van a publicar su RESOLUCIÓN, ya que todos la hayamos regado en algo. No puedo creer que sean tan ingenuos en materia fiscal, como pueden decir que todo esto es para ayudar a los mas necesitados, estan pero que si bien pend….os. Los que trabajamos con impuestos sabemos que el IVA el consumidor final es el que lo paga, como creen que la gente más necesitada va a recibir beneficios de todo esto, que lastima que MEXICO,sea un país maravilloso que está gobernado por ineptos.

  9. 9 | Lo dijo: Fernando

    sin comentarios….

  10. 10 | Lo dijo: Ricardo

    Si tengo facturas impresas con el 15% de iva.

    ¿Puedo poner esta leyenda en dichas factura?

    TASA NETA 16% de IVA
    “De acuerdo a la resolución miscelánea publicada el lunes 28 de diciembre 2009”.

    Para tarmenar el stock que tenemos.

  11. 11 | Lo dijo: Rafael

    Tengo un familiar que me hizo esta pregunta “Tengo facturas con al 15% de IVA impreso ¿que hago con ellas, las deshecho? Hable al SAT y me dijo la Lic. Brenda Guerra que se podian utilizar siempre y cuando esten dentro de la vigencia e indicando en el cuerpo de la factura que se esta calculando el IVA al 16%. se me hace lo mas razonable para evitar el gasto doble en documentación, espero les sirva esta información a algunos.

  12. 12 | Lo dijo: anoimo

    yo quisiera saber de algun documento que el SAT aya publicado donde acepta las facturas impresas con alguna leyenda. si tienen alguna info. le agradecere. ya busque en la pag del sat y no encontre.

  13. 13 | Lo dijo: Alberto

    es muy interesante este consultorio puesto que nos ayuda a entender la leyes tributarias, pero por ejemplo si yo tengo una factura del 31 de Enero del 2010 y la retencion esta con fecha de 02 febrero 2010 en que mes declaro tal factura

  14. 14 | Lo dijo: JOSE ALFREDO REYES PICAZO

    UN FAVOR CIERTOS CLIENTES ME PIDN UN RECIBO DE LOS PAGOS QUE ME HACEN DE MI FACTURACION ME PODRIA AYUDAR COMO LOS PUEDO MANDAR HACER EN LA IMPRENTA Y QUE REQUISITOS LLEVAN
    GRACIAS

  15. 15 | Lo dijo: fap

    I genuinely got into this article. I discovered it to be interesting and loaded with exclusive points of interest. I like to read material that makes me feel. Thank you for writing this fantastic content.

Deja tu comentario