La dependencia que encabeza Gerardo Ruiz Mateos a través de la Dirección General de Normas o las delegaciones, subdelegaciones y oficinas de servicios será quien dará la autorización a los interesados (las micro, pequeñas y medianas empresas o personas físicas con actividad empresarial) que deseen que sus productos ostenten este distintivo.
El acuerdo aclara que sólo se autorizará el uso del mismo en aquellos productos en los que se demuestre que se producen y fabrican en territorio nacional, como resultado de la transformación de insumos o que se comercializan en su estado natural. “Se pretende crear una imagen más amable y atractiva de los productos hechos en México”, afirma la SE.
Cabe destacar que las especificaciones referentes a la estructura, color y tipografía que deberán respetarse en el uso del logotipo se encuentran en el Manual de Identidad Gráfica elaborado por la SE, mismo que estará a disposición de los interesados y del público en general a través del sitio de Internet: www.economia.gob.mx.
En el artículo 10 del acuerdo se especifica que el uso y las aplicaciones del logotipo deberán sujetarse a ciertos lineamientos entre los que destacan:
“El logotipo sólo podrá marcarse, imprimirse y reproducirse en los envases o embalajes de aquellos productos expresamente autorizados. También podrá marcarse, imprimirse o reproducirse sobre el producto o su etiqueta cuando conforme a sus características no tenga envase o embalaje. En ningún caso deberán alterarse o modificarse las proporciones o la composición y distribución de los elementos que conforman la identidad gráfica del logotipo, de los productos hechos en México o de cualquiera de sus elementos”.
Asimismo, indica que en la aplicación del logotipo se utilizará los colores negro o blanco, según el color de fondo, de manera que su lectura sea clara. “El uso de efectos especiales como volúmenes, sombras o sobre imágenes que dificulten la lectura o identificación del logotipo no está permitido”, dice el acuerdo.
Por otro lado, los interesados deberán llenar un formato en el que se piden datos como razón social de la empresa, ubicación, nombre del representante legal, teléfonos, entre otros. En caso de que la solicitud y los documentos se presenten sin omisiones, la solicitud de autorización deberá resolverse en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de su recepción. Sobre el tema, fuentes de la SE afirman que este acuerdo es un relanzamiento del logotipo que ya existía en el pasado.


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Como siempre te felicito por el magnífico trabajo que haces. Tus artículos me parecen interesantes y útiles. La razón por la que comento es que me gustaría saber si es posible que este nuevo trámite represente un gasto exagerado para los productores nacionales, y si los que ya trabajan con el logotipo antiguo tendrán que modificar sus presentaciones para no enfrentar una sanción. Además quería saber si pronto estará en tu blog algo referente a la compra de agua del Golfo hecha por Estados Unidos.
Rufus,Just watched a video on the science channel. ,